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COMEZOU O SERVIZO DE COMEDOR

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O luns 23 de Xaneiro once nenos e nenas inauguraron o Comedor no colexio.

 

Apúntate!

Aquí podes ver o menú para este mes.

17/01/2012 23:05 ceipmontemogos #. Noticias de Bueu No hay comentarios. Comentar.

Vídeos divertidos

El otro día nosotras vimos unos vídeos muy divertidos y queríamos que los viera todo el cole.Lengua fuera

Land Rover: Porque esto es tráfico-http://www.youtube.com/watch?v=4V2xVNPrJpg

Trata de ver esto sin reirte:http://www.youtube.com/watch?v=M1HvjpIKhoM&feature=related

mola mucho

20/12/2011 22:32 Raquel y Tania #. Tempo libre e afeccións No hay comentarios. Comentar.

Refráns dos meses do ano

Hola, vouvos contar uns cantos refráns sobre os meses do ano. Espero que vos gusten a todos:

 Xaneiro

-No Xaneiro, o mes é larpeiro.

Febreiro

-A xeada de Febreiro, mata a vaca e mailo leiro.

Marzo

Marzo, Marzal, o que non empezou ben remata mal.

Abril

Abril, Abrileiro, auga na cara e no leiro.

Maio

Maio, Maión, moitas flores e tebrón.

Xuño

Mes de San Xoán e San Pedro dice o día: "Mais non medro".

Xullo

Si non segas no Mes da Sega, virá o diaño e cha leva.

Agosto

Agosto, Agosto, vai preparando a boca pro mosto.

Setembro

Colle o viño no mes de San Miguel, si todo o ano queres beber.

Outubro

Si as patacas non colles en Outono as pasar mais fame que un mono.

Novembro

No Mes de Santos e Defuntos mata os teus porcos e vai facendo bon caldo cos untos.

Decembro

No Mes de Nadal gárdate a carón do lar.

 

 Moitas gracias, Tania!

20/12/2011 22:29 tania 6º #. Tempo libre e afeccións Hay 1 comentario.

Cancion Jingle Bells

Si unhas boas festas queres ter, canta Jingle Bells:

DASHING THROUGH THE SNOW
IN A ONE-HORSE OPEN SLEIGH,
OER THE FIELDS WE GO
LAUGHING ALL THE WAY.
BELLS ON BOBTAILS RING,
MAKING SPIRITS BRIGHT.
WHAT FUN IT IS TO LAUGH AND SING
A SLEIGHING SONG TONIGHT.

OH, JINGLE BELLS, JINGLE BELLS,
JINGLE ALL THE WAY.
OH, WHAT FUN IT IS TO RIDE
IN A ONE-HORSE OPEN SLEIGH.
JINGLE BELLS, JINGLE BELLS,
JINGLE ALL THE WAY.
OH, WHAT FUN IT IS TO RIDE
IN A ONE-HORSE OPEN SLEIGH.


A DAY OR TWO AGO
I THOUGHT ID TAKE A RIDE,
AND SOON MISS FANNY BRIGHT
WAS SEATED BY MY SIDE.
THE HORSE WAS LEAN AND LANK,
MISFORTUNE SEEMED HIS LOT
WE GOT INTO A DRIFTED BANK
AND THEN WE GOT UPSET.

OH, JINGLE BELLS, JINGLE BELLS,
JINGLE ALL THE WAY.
OH, WHAT FUN IT IS TO RIDE
IN A ONE-HORSE OPEN SLEIGH.
JINGLE BELLS, JINGLE BELLS,
JINGLE ALL THE WAY.
OH, WHAT FUN IT IS TO RIDE
IN A ONE-HORSE OPEN SLEIGH.
20/12/2011 00:10 Malena #. Actividades Hay 2 comentarios.

Dereitos humanos

Para que o voso coñecemento sexa máis abundante aquí tedes la Declaración dos Dereitos Humanos:

Artículo 1

Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y, dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros.

Artículo 2

Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamados en esta Declaración, sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión, opinión política o de cualquier otra índole, origen nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier otra condición. Además, no se hará distinción alguna fundada en la condición política, jurídica o internacional del país o territorio de cuya jurisdicción dependa una persona, tanto si se trata de un país independiente, como de un territorio bajo administración fiduciaria, no autónomo o sometido a cualquier otra limitación de soberanía.

Artículo 3

Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona.

Artículo 4

Nadie estará sometido a esclavitud ni a servidumbre, la esclavitud y la trata de esclavos están prohibidas en todas sus formas.

Artículo 5

Nadie será sometido a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes.

Artículo 6

Todo ser humano tiene derecho, en todas partes, al reconocimiento de su personalidad jurídica.

Artículo 7

Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho a igual protección de la ley. Todos tienen derecho a igual protección contra toda discriminación que infrinja esta Declaración y contra toda provocación a tal discriminación.

Artículo 8

Toda persona tiene derecho a un recurso efectivo ante los tribunales nacionales competentes, que la ampare contra actos que violen sus derechos fundamentales reconocidos por la constitución o por la ley.

Artículo 9

Nadie podrá ser arbitrariamente detenido, preso ni desterrado.

Artículo 10

Toda persona tiene derecho, en condiciones de plena igualdad, a ser oída públicamente y con justicia por un tribunal independiente e imparcial, para la determinación de sus derechos y obligaciones o para el examen de cualquier acusación contra ella en materia penal.

Artículo 11

  1. Toda persona acusada de delito tiene derecho a que se presuma su inocencia mientras no se pruebe su culpabilidad, conforme a la ley y en juicio público en el que se le hayan asegurado todas las garantías necesarias para su defensa.
  2. Nadie será condenado por actos u omisiones que en el momento de cometerse no fueron delictivos según el Derecho nacional o internacional. Tampoco se impondrá pena más grave que la aplicable en el momento de la comisión del delito.

Artículo 12

Nadie será objeto de injerencias arbitrarias en su vida privada, su familia, su domicilio o su correspondencia, ni de ataques a su honra o a su reputación. Toda persona tiene derecho a la protección de la ley contra tales injerencias o ataques.

Artículo 13

  1. Toda persona tiene derecho a circular libremente y a elegir su residencia en el territorio de un Estado.
  2. Toda persona tiene derecho a salir de cualquier país, incluso del propio, y a regresar a su país.

Artículo 14

  1. En caso de persecución, toda persona tiene derecho a buscar asilo, y a disfrutar de él, en cualquier país.
  2. Este derecho no podrá ser invocado contra una acción judicial realmente originada por delitos comunes o por actos opuestos a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 15

  1. Toda persona tiene derecho a una nacionalidad.
  2. A nadie se privará arbitrariamente de su nacionalidad ni del derecho a cambiar de nacionalidad.

Artículo 16

  1. Los hombres y las mujeres, a partir de la edad núbil, tienen derecho, sin restricción alguna por motivos de raza, nacionalidad o religión, a casarse y fundar una familia, y disfrutarán de iguales derechos en cuanto al matrimonio, durante el matrimonio y en caso de disolución del matrimonio.
  2. Sólo mediante libre y pleno consentimiento de los futuros esposos podrá contraerse el matrimonio.
  3. La familia es el elemento natural y fundamental de la sociedad y tiene derecho a la protección de la sociedad y del Estado.

Artículo 17

  1. Toda persona tiene derecho a la propiedad, individual y colectivamente.
  2. Nadie será privado arbitrariamente de su propiedad.

Artículo 18

Toda persona tiene derecho a la libertad de pensamiento, de conciencia y de religión; este derecho incluye la libertad de cambiar de religión o de creencia, así como la libertad de manifestar su religión o su creencia, individual y colectivamente, tanto en público como en privado, por la enseñanza, la práctica, el culto y la observancia.

Artículo 19

Todo individuo tiene derecho a la libertad de opinión y de expresión; este derecho incluye el de no ser molestado a causa de sus opiniones, el de investigar y recibir informaciones y opiniones, y el de difundirlas, sin limitación de fronteras, por cualquier medio de expresión.

Artículo 20

  1. Toda persona tiene derecho a la libertad de reunión y de asociación pacíficas.
  2. Nadie podrá ser obligado a pertenecer a una asociación.

Artículo 21

  1. Toda persona tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente escogidos.
  2. Toda persona tiene el derecho de acceso, en condiciones de igualdad, a las funciones públicas de su país.
  3. La voluntad del pueblo es la base de la autoridad del poder público; esta voluntad se expresará mediante elecciones auténticas que habrán de celebrarse periódicamente, por sufragio universal e igual y por voto secreto u otro procedimiento equivalente que garantice la libertad del voto.

Artículo 22

Toda persona, como miembro de la sociedad, tiene derecho a la seguridad social, y a obtener, mediante el esfuerzo nacional y la cooperación internacional, habida cuenta de la organización y los recursos de cada Estado, la satisfacción de los derechos económicos, sociales y culturales, indispensables a su dignidad y al libre desarrollo de su personalidad.

Artículo 23

  1. Toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo.
  2. Toda persona tiene derecho, sin discriminación alguna, a igual salario por trabajo igual.
  3. Toda persona que trabaja tiene derecho a una remuneración equitativa y satisfactoria, que le asegure, así como a su familia, una existencia conforme a la dignidad humana y que será completada, en caso necesario, por cualesquiera otros medios de protección social.
  4. Toda persona tiene derecho a fundar sindicatos y a sindicarse para la defensa de sus intereses.

Artículo 24

Toda persona tiene derecho al descanso, al disfrute del tiempo libre, a una limitación razonable de la duración del trabajo y a vacaciones periódicas pagadas.

Artículo 25

  1. Toda persona tiene derecho a un nivel de vida adecuado que le asegure, así como a su familia, la salud y el bienestar, y en especial la alimentación, el vestido, la vivienda, la asistencia médica y los servicios sociales necesarios; tiene asimismo derecho a los seguros en caso de desempleo, enfermedad, invalidez, viudez, vejez u otros casos de pérdida de sus medios de subsistencia por circunstancias independientes de su voluntad.
  2. La maternidad y la infancia tienen derecho a cuidados y asistencia especiales. Todos los niños, nacidos de matrimonio o fuera de matrimonio, tienen derecho a igual protección social.

Artículo 26

  1. Toda persona tiene derecho a la educación. La educación debe ser gratuita, al menos en lo concerniente a la instrucción elemental y fundamental. La instrucción elemental será obligatoria. La instrucción técnica y profesional habrá de ser generalizada; el acceso a los estudios superiores será igual para todos, en función de los méritos respectivos.
  2. La educación tendrá por objeto el pleno desarrollo de la personalidad humana y el fortalecimiento del respeto a los derechos humanos y a las libertades fundamentales; favorecerá la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y todos los grupos étnicos o religiosos, y promoverá el desarrollo de las actividades de las Naciones Unidas para el mantenimiento de la paz.
  3. Los padres tendrán derecho preferente a escoger el tipo de educación que habrá de darse a sus hijos.

Artículo 27

  1. Toda persona tiene derecho a tomar parte libremente en la vida cultural de la comunidad, a gozar de las artes y a participar en el progreso científico y en los beneficios que de él resulten.
  2. Toda persona tiene derecho a la protección de los intereses morales y materiales que le correspondan por razón de las producciones científicas, literarias o artísticas de que sea autora.

Artículo 28

Toda persona tiene derecho a que se establezca un orden social e internacional en el que los derechos y libertades proclamados en esta Declaración se hagan plenamente efectivos.

Artículo 29

  1. Toda persona tiene deberes respecto a la comunidad, puesto que sólo en ella puede desarrollar libre y plenamente su personalidad.
  2. En el ejercicio de sus derechos y en el disfrute de sus libertades, toda persona estará solamente sujeta a las limitaciones establecidas por la ley con el único fin de asegurar el reconocimiento y el respeto de los derechos y libertades de los demás, y de satisfacer las justas exigencias de la moral, del orden público y del bienestar general en una sociedad democrática.
  3. Estos derechos y libertades no podrán, en ningún caso, ser ejercidos en oposición a los propósitos y principios de las Naciones Unidas.

Artículo 30

Nada en esta Declaración podrá interpretarse en el sentido de que confiere derecho alguno al Estado, a un grupo o a una persona, para emprender y desarrollar actividades o realizar actos tendientes a la supresión de cualquiera de los derechos y libertades proclamados en esta Declaración.

No os perdáis nuestra presentación de la Declaración de los Derechos Humanos el  lunes 19.

Graciñas pola invitación, Malena! Moi boa información. Agardamos que volvas escribir no blog moi pronto.

18/12/2011 11:17 malena #. Presentacións Hay 3 comentarios.

En 6º curso

Quería contaros lo que hacemos en mi clase.Enfadado

1-Estamos preparando actuaciones para la Navidad con la profe de música, la de inglés, con Cruz y con Don Pedro.Inocente

2-En ciudadanía estamos preparando una exposición de Los Derechos Humanos que son 30 a me tocó el Nº 27 y el 12.Dinero boca

3-Hay que decir que nos gusta hacer alboroto por hablar de la excursión, casi seguro que nos vamos a "MADRID" :-)

Bueno además quería desearos una buena navidad, espero que saquéis buenas notas y sepáis disfrutar de las vacaciones y los regalos.Beso

 Raquel, gracias pola túa información. Fíxate nas palabras resaltadas en amarelo. Poderías escribirnos algo noutra lingua (galego, inglés...)? Moi boas festas tamén para ti e que che traian os regalos que ti desexas!

18/12/2011 11:16 Raquel 6º #. Actividades No hay comentarios. Comentar.

Mohombi

Hola, os voy a hablar de las canciones que me gustan:

1º Mohombi:

-Me gusta la canción de Love in América:http://www.youtube.com/watch?v=z0lshYt_oMc&feature=artist

-Me gusta también la de Bumpy ride:http://www.youtube.com/v/G2RCCDSBEGk&fs=1&source=uds&autoplay=1

2ºMaroon 5:

-Me gusta Moves like jagger:http://www.youtube.com/watch?v=iEPTlhBmwRg

3º Beyonce.

-Run the world girls:http://www.youtube.com/watch?v=VBmMU_iwe6U

-Single ladies: http://www.youtube.com/v/4m1EFMoRFvY&fs=1&source=uds&autoplay=1

4ºAlejandro Sanz y Alicia Keys:http://www.youtube.com/v/CIg7Bo_g-dA&fs=1&source=uds&autoplay=1

OS ACONSEJARIA VERLASTodo bienInocenteDinero bocaSelladoLengua fueraGuiñoEnfadadoBesoSorprendidoRisaVergüenza

 

18/12/2011 11:11 RAQUEL 6º #. Tempo libre e afeccións No hay comentarios. Comentar.

AS CANTAREIRAS DE ARDEBULLO

Onte venrres 16 de decembro de 2011, vin ás cantareiras de ardebullo en Luar un programa moi divertido. Como íamos falando das canareiras, fixéronme moita graza porque dixeron que a súa nai en vez de escribir a i con punto escribía a y grega e como os conexos teñen a man coma unha y grega a ela chámana A Conexa. Resultoume moi divertido.

Pero despois di a irmá Carmucha "eu vou tocar o bombo, si porque estou embarazada". E sabedes o que era, era o bombo pero de tocar, e ela pensaba que o de tocar como lle parecia un micrófono fixo como Galloso o que presenta Luar cunha señora (Chica) ,puxoo cerca da boca e falou como el, foi moi divertido.

E escribín isto porque me quero acordar disto porque sabedes vendo a televisión aprendedes cousas como por exemplo palabras novas etc.

Bueno e aquí rematou a miña historia.

 

 Moi bo, Sara! Fíxate nas palabras resaltadas en amarelo, así é como se escriben. Agardamos que nos contes máis cousas.

18/12/2011 11:10 Sara #. Tempo libre e afeccións Hay 1 comentario.

Conejos

Hola, os voy a hablar de los conejos, puesto que a mí me encantan me he decidido a hacer un reportaje sobre ellos.Todo bien

Se caracterizan por tener un cuerpo cubierto de un pelaje espeso y lanudo, de color pardo pálido a gris, cabeza ovalada y ojos grandes. Pesan entre 1,5 y 2,5 kg en estado salvaje. Tienen orejas largas de hasta 7 cm y una cola muy corta. Sus patas anteriores son más cortas que las posteriores. Mide de 33 a 50 cm. en condiciones afables, incluso más en razas domésticas para carne. Todas estas características que posee ésta especie en estado salvaje pueden variar significativamente según la raza.

Los machos tienen la cabeza más ancha que la de las hembras.

El conejo de conejar mide de 34 a 50 cm. (longitud cabeza y cuerpo), las orejas miden de 4 a 8 cm. Su peso varía de 1,2 kg a 2,5 kg. Posee una piel de color pardo leonado pelirrojo, a veces colorado que permite su camuflaje para evitar a sus depredadores.

La talla de conejos domésticos varía muchísimo de una raza a la otra. El más grande, el gigante de Flandes, puede alcanzar 8 kg. y 80 cm. de longitud pero el conejo ariete enano sobrepasa apenas 1 kg, a veces menos para los conejos extra enanos. La piel originalmente es gris beige - a veces con matices negros o pelirrojos - un vientre más claro y el fondo blanco de la cola (rabo), mientras que los conejos domésticos presentan colores muy variados, uniformes, degradados o moteados. Existen cerca de 80 variedades.

Los dientes de un conejo, particularmente sus incisivos, crecen sin cesar. El conejo debe constantemente desgastar sus dientes con el fin de evitar que se vuelvan demasiado largos (lo que podría por otro lado herirle).

Raquel, moitas gracias pola túa participación. Achégasnos moitas cousas interesantes ao blog. A próxima vez menciona de onde sacaches esta información, é importante saber que escolleches unha fonte (libro, enciclopedia, páxina de internet...) da que nos podemos fiar. E seguro que poderías engadir unha foto (podes buscar en google imaxes). Segue así!

16/12/2011 00:51 Raquel 6º #. Actividades Hay 1 comentario.

Refráns galegos

Aqui tedes uns bos refráns para ensinar aos vosos pais:

-A castaña no nadal, sabe ben e parte mal.
-As festas do ano por onde quixeres, as Navidades, coas túas mulleres.
-Pola santa Lucía mengua a noite e medra o día.
-No Nadal inverno a fartar
-No Nadal, alégrate, alégrate, que hai viño na cuba e chourizos no pote.
-No mes de Nadal, a carón da lareira vaite sentar.
-Mentres Deus non é nacido nada é crecido.
-Frío por Nadal, calor desde san Xoán.
-Tantos días de sol en nadal como de auga en san Xoán.
-Polas vendimias vende as túas galiñas, pola Navidade vólveas mercar.
-Polo Nadal, cada ovella, ó seu corral.

Bo Nadal

Fantástica aportación, Malena. Onde os liches ou quen chos dixo? Podes escribilo en "Comentar".

Bo Nadal tamén para ti!

16/12/2011 00:49 Malena #. Actividades Hay 2 comentarios.


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